miércoles, 5 de junio de 2019

LIBRE PRESTACIÓN DEL SERVICIO – SUBIDAS DE PRIMAS - INCUMPLIMIENTO DE LA LEY DEL CONTRATO DE SEGURO


Por muchos de nosotros es conocido que gracias a las numerosas reclamaciones de los AFECTADOS DE SEGUROS DE DECESOS y otras actuaciones conjuntas de la asociación AFEALE, sin descartar probablemente otras necesidades en el sector, en año 2015 se acometió una reforma parcial de la Ley de Contrato de Seguro (LCS). Una de las modificaciones más importantes  que se introdujo vía enmienda en el Parlamento es la modificación de la Ley de Contrato de Seguro, siendo éste un artículo que no figuraba en el proyecto de Ley de Contrato que se había estado tramitando, sino que fue resultado de una enmienda que se refiere a la libre prestación de servicios. En este sentido, se ha introducido un nuevo artículo 106.4 en la ley, que determina que “en los seguros de asistencia sanitaria, dependencia y de decesos las entidades aseguradoras garantizarán a los asegurados la libertad de elección del prestador del servicio, dentro de los límites y condiciones establecidos en el contrato.” En estos casos, la entidad debe tener a disposición del asegurado, de forma que sea accesible para éste, una relación de prestadores, que garantice una efectiva libertad de elección, salvo en aquellos contratos en los que expresamente se prevea un único prestador.

Desde AFEALE, estamos detectando que a pesar del tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de estas modificaciones en la Ley, ninguna entidad que nosotros conozcamos en todo el territorio nacional, tiene a disposición del asegurado de forma accesible una relación de prestadores del servicio fúnebre que garantice la efectiva libertad de elección, incumpliendo seguramente así la Ley, y lo que nos parece más grave, sin que la  “DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS”, (Órgano Institucional Supervisor y Regulador) parezca que este haciendo nada para exigirlo, perjudicando con ello gravemente los intereses de los numerosos ciudadanos asegurados.

Por otra parte, respecto a las SUBIDAS DESPROPORCIONADAS DE PRIMAS, también DENUNCIAMOS desde AFEALE que se continúan detectando numerosos abusos en este sentido. Conviene recordar que las últimas modificaciones en la Ley, establecen que los incrementos de prima, deben ajustarse a los siguientes dos principios:
  • 1) Respecto al momento en que se pueden efectuar, los incrementos de prima han de respetar el vencimiento del contrato, de forma que no se puede exigir al asegurado una prima mayor sino a partir del siguiente vencimiento de la póliza. Teniendo en cuenta el plazo de preaviso establecido en la Ley de Contrato de Seguro, éste será de dos meses en el caso de que el asegurador vaya a modificar la prima y deberá comunicárselo a su asegurado por escrito; en caso contrario, a la entidad no le queda otra que seguir manteniendo el precio del seguro del periodo anterior.
  • 2) Si el asegurado no acepta el incremento del precio asegurado, las nuevas condiciones económicas del contrato deben ofrecerse con carácter opcional para que sean aceptadas por éste libremente, de forma que, si el asegurado no desea pagar el incremento de prima comunicado por la entidad, el contrato se mantiene con las condiciones inicialmente estipuladas y, en caso de que se produzca el siniestro, el exceso del coste del servicio no cubierto en la póliza resultará a cargo del asegurado.
El asegurado puede hacer dos cosas: aceptar o no aceptar, y si no acepta, el contrato debe modificarse quedándose reducido a la suma que correspondiera sin incremento. Si, por el contrario, la compañía incumple con la obligación de revisar las primas, deberá cumplir el servicio funerario que el asegurado tenga contratado.

Para mayor información, contactar con AFEALE: 📬 ayudameafeale@hotmail.es  --- ☎ WhatsApp: 629442576
                                                                      AFEALE – JUNIO 2019

lunes, 23 de octubre de 2017

Los graves problemas de "Alianza Española" Decesos

La crisis que atraviesa la entidad de Decesos La Alianza Española se complica por momentos.
 
La DGSFP ha exigido a la compañía que fije medidas organizativas, financieras o de otro orden que sean adecuadas para solventar sus deficiencias;  formule una previsión de sus resultados, y fije los plazos para su ejecución, según publica hoy Expansión.

lunes, 19 de junio de 2017

HEMEROTECA RECIENTE

A Fecha de hoy, y a pesar del tiempo transcurrido, procede informar que en nuestra asociación AFEALE, continuamos recibiendo numerosos testimonios de familias que se sienten engañadas por las compañías aseguradoras de decesos ante sus numerosas y reiteradas irregularidades: INCUMPLIMIENTOS; SUBIDAS DESPROPORCIONADAS DE LAS PRIMAS; NEGACIÓN A FACILITAR UNA COPIA DE POLIZA; DEJAR DE PASAR EL RECIBO, ETC...
 
Por favor, continuar haciéndonos llegar vuestros testimonios. Gracias.
El caso de la compañía Alianza Española, continua siendo el más numeroso y dejamos aquí el siguiente articulo bastante reciente de un importante diario económico de nuestro país, para información de los afectados.

Se puede leer en el siguiente enlace: >>>

NO CONTRATES BAJO NINGUN CONCEPTO UN SEGURO DE DECESOS. MANTEN SOLO LOS CONTRATADOS A PERSONAS MUY MAYORES.

sábado, 4 de febrero de 2017

Más Reclamaciones, y más sentencias condenatorias Seguros Decesos

AFEALE ha tenido nuevamente conocimiento por los Medios de Comunicación Social de un nuevo caso de irregularidad de la compañía de seguros de decesos "Alianza Española".

(Agradecemos que al final del artículo, se menciona esta página de ayuda e información).
 
"El litigio tuvo su origen porque en vez de prestar los servicios de tanatorio en Cáceres, ciudad de residencia de la fallecida, se indicó a la familia que debía desplazarse al tanatorio de Malpartida de Cáceres. Un hijo tuvo que añadir al dolor de la muerte de su madre la disputa con la compañía con la que ella había firmado una póliza de seguro de decesos.. (.....)"

Leer más  >>>> (Fuente Noticia)
 
Lamentar que nuevamente la familia se vea en la obligación de acudir a la vía Judicial para encontrar la justicia en la misma Ley que nuestras Instituciones reguladoras  (DGS) parecen no poder, o tal vez no querer actuar y hacer cumplir. En AFEALE, hemos recibido numerosos testimonios semejantes a este (también de otras compañías de seguros) y desgraciadamente no siempre todos acudieron a la vía Judicial. Decisión que sin duda no sería necesaria si el Órgano Regulador encargado de velar por los intereses de los ciudadanos a los que sirve, aplicase los mecanismos necesarios para hacer cumplir la Ley. Las cada vez más numerosas reclamaciones y sentencias Judiciales condenando a las Compañías de Seguros a hacer cumplir lo estipulado en las pólizas, además de todos los fehacientes testimonios que tenemos documentados con infinidad de irregularidades, debería hacer reflexionar al lector que tenga en la actualidad contratada una póliza de decesos, para que tal vez, se replante tal decisión...
Recordar que aproximadamente uno de cada dos ciudadanos, es consumidor de este "tradicional" producto que la misma OCU desaconseja.
Nuestro consejo, es que solo se mantenga contratado en pólizas muy antiguas pertenecientes a personas de avanzada edad, solicitando la baja de los más jóvenes que estén en la misma póliza. Una póliza de seguros en vigor, es un producto que esta regulado por el Estado, y en caso de liquidación de una compañía de seguros, el "Consorcio de Compensación de Seguros" (entidad pública del Estado), asume la liquidación de entidades aseguradoras cuando le sean encomendadas por el Ministro de Economía y Competitividad o por el Órgano competente de las Comunidades Autónomas y actúa como Administrador Concursal en los procedimientos de concursos de acreedores.

lunes, 19 de diciembre de 2016

Nueva aparición en prensa de la situación que venimos denunciando los afectados desde el año 2009 >>>
 
La compañía está intervenida de facto desde el 4 de agosto

La Alianza Española tiene problemas para pagar sepelios al menos desde 2009

 
27/11/2016
Miguel Ángel Valero. Duras críticas de los afectados a la Dirección General de Seguros por la tardanza en tomar medidas contra la aseguradora de Decesos.... leer más... >> Fuente:
 
Por otro lado, y para vergüenza de nuestras Instituciones reguladoras, dado el tiempo que venimos denunciando la eterna situación, lo cierto, es que a fecha de hoy, en AFEALE continuamos recibiendo denuncias como esta:                                                              ¿Hasta cuando...?
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Hola:
     Soy XXXX , nieta de una asegurada con Alianza Española que ha fallecido el pasado día 29 de Noviembre, y ese fue precisamente el día que comenzaron nuestros problemas con esta empresa.

     Nos dijeron, al igual que a otros afectados como ya he leído en los comentarios de vuestra web, que no podían hacerse cargo del servicio en nuestro pueblo por problemas con el tanatorio, haciéndonos entender que la empresa que gestiona el tanatorio eran los responsables, posteriormente nos hemos enterado que estos problemas son debido a algunos impagos de decesos anteriores por parte de Alianza Española, que debíamos contratar los servicios de otra aseguradora y que luego correrían ellos con los gastos; y así lo hicimos ya que fueron ellos los que incluso nos facilitaron el teléfono de Ocaso Seguros que fue quien nos presto el servicio finalmente.

     Los problemas fueron creciendo cuando volvemos a llamar con la intención de que nos abonaran la factura, y para nuestra sorpresa a día de hoy todavía esta sin pagar, no nos dan una solución adecuada ya que solo nos quieren darnos 2.050€ que es lo que dicen ellos que es el capital de la póliza de mi abuela, pero no nos facilitan una copia de esa póliza y entre los escasos papeles que tenía mi abuela, que además son antiguos, no hay ni un solo documento en el que aparezca su firma, por lo que nos extraña aún más que no nos quieran dar la copia. 

     He mandado un Burofax solicitando la copia de las Disposiciones Generales del Contrato de Decesos y Complementos, y también una queja por escrito a la central de Madrid. 

     Os adjunto los datos de mi abuela y su póliza, para que me orientéis un poco si hemos hecho bien, o este tipo de asuntos es mejor llevarlo a los juzgados, cosa que nos estamos planteando y la familia va a consultar con un abogado en los próximos días.

     Por favor ayudarnos a saber que pasos debemos dar para solucionar estos problemas con Alianza Española.

     Muchas gracias por su tiempo y atención.

domingo, 9 de octubre de 2016

NUEVA REUNIÓN CON LA DIRECTORA GENERAL DE SEGUROS

Fecha: 04 de Octubre de 2016
Lugar: Madrid; Sede de la Dirección General de Seguros
Participantes: Directora General de Seguros, “Doña Mª Flavia Rodríguez-Ponga Salamanca” acompañada por personal de su equipo de trabajo y 3 representantes afectados de AFEALE.
Resumen de algunos de los temas más importantes que AFEALE ha trasladado a los responsables de esta Institución "DGSPF", cuyo principal cometido(entre otros) es la supervisión y control del cumplimiento de las obligaciones de las compañías de seguros hacia sus asegurados.
1.- AFEALE en referencia a la compañía de seguros “Alianza Española”, y ante las numerosas y conocidas irregularidades que viene denunciando desde hace siete años, ha demandado a los responsables de la DGS más información respecto al reciente anuncio publicado en el BOE, (Intervención del Estado), así como del resultado actual de todos los expedientes sancionadores interpuestos a esta compañía de seguros, y qué otras medidas se estaban tomando para garantizar los derechos que asisten a los afectados y actuales asegurados de esta Cía. Esta información también se la hemos demandado mediante documento escrito registrado en la Xunta de Galicia en fecha 09-09-2016

2.- Dado que AFEALE, tiene conocimiento también de irregularidades de otras compañías de seguros del sector de decesos, y que cree que la Ley establece claramente que la actividad de las compañías de seguros es solamente el dedicarse al negocio asegurador y no a ser dueñas (en ocasiones a través de sociedades interpuestas) de empresas funerarias. (Ejemplo: Mapfre es Funespaña; Santa Lucía es Albia; Ocaso es Servisa, etc...), es decir, le formulamos la misma pregunta que realizó el entonces diputado Don Miguel Arias Cañete (Acta Congreso de los diputados 15 marzo de 2007) que textualmente pregunto:  ¿ Que motivos tiene la DGSPF (dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda) para no haber exigido hasta la fecha a las aseguradoras que comercializan el seguro de decesos, que cesen en la prestación de servicios funerarios a través de sociedades interpuestas en clara contravención de lo dispuesto en la LOSSP ? “. Está claro, que sí la Compañía aseguradora, el agente y el funerario es la misma cosa, ello choca con la normativa vigente en materia de defensa de la competencia, aparte de generar un claro conflicto de intereses en perjuicio de consumidores, usuarios y demás agentes económicos del sector.
3.- Si la nueva Ley (20 de Julio de 2015 – Art. 106 - ) establece claramente: la entidad aseguradora deberá poner a disposición del asegurado, de forma fácilmente accesible, una relación de prestadores de servicios que garantice una efectiva libertad de elección ...", y en cambio como sabemos las aseguradoras (todas y en todos los lugares de España) creemos que incumplen en la actualidad esta obligación y en ocasiones hemos podido comprobar fehacientemente como se “invita” a los familiares a ir al tanatorio donde ellos ya tienen prefijados mediante posibles acuerdos un precio pactado. Lo grave, no solo es que la DGSFP lo sepa, sino que no haga nada por corregirlo, y lo que sería todavía peor, que lo siga consintiendo…
4.- AFEALE, solicita a la DGSFP que exija mayor información para los asegurados en el texto escrito de las futuras pólizas de decesos que se renueven a partir de cada vencimiento, creyendo que se debe informar tal como establece la Ley de forma fácilmente accesible la relación de prestadores de servicios para cada asegurado, del mismo modo que por ejemplo en los seguros de salud. Asimismo AFEALE también cree que la DGSFP, debería supervisar que las aseguradoras publiquen en sus páginas web la relación de cuáles son sus prestadores de servicios en cada localidad.  
Por último, como prueba del aumento de irregularidades e incumplimientos de las aseguradoras de decesos en los últimos años, AFEALE entrega a la DGSFP una muestra de recientes sentencias FIRMES condenando a distintas Compañías de seguros de decesos en favor de los asegurados. Asimismo, se ofrece a continuar colaborando en el futuro con la DGSPF al objeto de proteger los derechos de los asegurados afectados y demás beneficiarios, frente al acrecentamiento de las malas prácticas detectadas por AFEALE que cada vez parece que se dan con mayor frecuencia en el desarrollo de esta actividad aseguradora del ramo de “DECESOS”.
Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras:  https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-7897
 

sábado, 3 de septiembre de 2016

¿Intervención del Estado en la Aseguradora Alianza Española ?

A la vuelta de nuestras vacaciones los afectados nos hemos encontrado con este tardío y sorprendente anuncio en nuestro BOE:

"Prohibición a la entidad LA ALIANZA ESPAÑOLA S.A. DE SEGUROS, la disposición de los bienes inmuebles, valores mobiliarios, cuentas corrientes o de depósito, activos financieros y cualesquiera otros activos de los que sea titular Prohibición a la entidad LA ALIANZA ESPAÑOLA S.A. DE SEGUROS, que sin la autorización previa de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, pueda realizar actos de gestión y disposición, asumir nuevas deudas, conceder préstamos o prestar garantías o distribuir dividendos"

BOE
Lo que nos preguntamos ahora los afectados, es ¿ Quien nos podría explicar por qué se ha tardado 7 largos años en tomar una decisión como esta ?, conociendo como conocen tantas irregularidades de esta Cía. de Seguros y como nosotros mismos por escrito y personalmente le hemos trasladado a la propia Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones  y al Defensor del Pueblo??

Otras preguntas que nos hacemos, y que seguramente se estén haciendo ahora mismo muchos de nuestros seguidores, es ¿ Por qué un anuncio como este, se produce en pleno mes de agosto y ningún medio de comunicación lo haya publicado todavía... ?; ( "nocturnidad.." ?, imaginemos que fuese otra empresa, por ejemplo un banco...); ¿Están verdaderamente supervisadas las Cías. de seguros al servicio del ciudadano, o tal vez al servicio de sus crecientes beneficios anuales?; ¿ Que ha fallado en la supervisión del estado para llegar a una situación tan esperpéntica como esta ? ; Conociendo como sé gracias a AFEALE irregularidades de otras aseguradoras de decesos,  ¿afectará esta situación a otras compañías?
 
De seguro que muchos de nuestros afectados y lectores coincidirán en las mismas respuestas.

Muchas gracias por vuestra atención y os pedimos disculpas por no poder haber atendido en ocasiones y como nos gustaría muchos de vuestros tremendos testimonios...
Administrador
Enlace al ANUNCIO BOE >>> : https://libreborme.net/borme/anuncio/2016/323298/

martes, 26 de enero de 2016

Continuan los abusos en 2016

Iniciamos 2016 y en AFEALE, continuamos recibiendo testimonios de afectados de seguros de decesos transmitiéndonos principalmente irregularidades en las subidas desproporcionadas de prima de su seguro de decesos.
 
Os facilitamos un nuevo y reciente video-denuncia de la TVG con la participación de AFEALE que creemos de gran interés para cualquier ciudadano asegurado mediante una póliza de decesos en nuestro país y al objeto de que valore por si mismo la conveniencia o no de este tipo de seguros.
 
La Voz de Galicia también publico la siguiente noticia:
 

Noticia digital completa en el siguiente enlace: 

A fecha de hoy, en A.F.E.A.L.E., desconoce el importe de esas multas y presuponemos que deben ser insignificantes, ya que continuamos recibiendo quejas de asegurados de estas compañías de seguros.
 
Animamos a todos los afectados a que no se queden de brazos cruzados y a que formulen las correspondientes reclamaciones a las oficinas de atención al cliente de su compañía de seguros y posteriormente al órgano regulador Dirección General de Seguros.
Para ampliar la información y resolver cualquier duda, también pueden consultar con la DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS en los siguientes contactos: >>>>

domingo, 1 de noviembre de 2015

EL SEGURO DE DECESOS NO SIEMPRE ES “SEGURO”

En estas fechas tan señaladas, desde nuestra asociación de “Afectados de Seguros de Decesos” AFEALE, queremos recordar que cada año, recogemos cientos de reclamaciones con testimonios de asegurados que tienen graves problemas con algunas compañías de seguros de decesos. Estos testimonios, nos llegan a través de nuestro correo electrónico, llamadas telefónicas e incluso correo ordinario.
Desde esta plataforma de afectados con sede en Vigo, llevamos desde el año 2009 ayudando en este sentido a cientos de ciudadanos y presentando infinidad de reclamaciones ante nuestras Instituciones para defender el derecho de los asegurados. Para ello, incluso nos hemos reunido varias veces con la Directora General de Seguros y sus máximos colaboradores.
Ejemplo con antecedentes ante el Defensor del Pueblo:


En una de las últimas respuestas del “Defensor del Pueblo”, trasladadas por escrito a AFEALE, (06 de Marzo de 2015), se reconoce que se han detectado “problemas con los seguros de decesos” por parte de la DGS (Dirección General de Seguros) encargada de supervisar el contrato de seguro en nuestro país y defender en todo momento el derecho de los asegurados. Ante estos “problemas” denunciados tantas veces por AFEALE, (Incumplimientos de servicio; Subidas desproporcionadas de primase infinidad de abusos de las aseguradoras) se nos comunica una modificación en la Ley de Código Mercantil para incluir un artículo específico sobre el seguro de decesos “Articulo 583-30”.
El 14 de Julio del presente año, el BOE,publicó íntegramente lo que esta Institución había anticipado a AFEALE .  Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. (Artículo ciento seis bis)

Días después, de la comunicación del Defensor del Pueblo, (24 de marzo) la sección de Procedimientos Cautelares y Disciplinarios de la Dirección General de Seguros, nos había informado de la existencia de varios  procedimientos sancionadores incoados contra una entidad aseguradora de decesos “Alianza Española S.A.”, (dos de ellos en el 2012 con sanción de multa, y otros tres en el 2013, también con sanción de multa para la citada entidad).
A fecha de hoy, y a pesar del cambio de la Ley, que estamos convencidos que nosotros hemos promovido, los afectados desconocemos el alcance económico de estas sanciones y todas las demás actuaciones que nuestras Instituciones dicen haber iniciado para evitar estos abusos de algunas de las compañías aseguradoras que han creado una gran incertidumbre entre los asegurados a cambio de un posible lucro excesivo en sus beneficios (esto último, también nos lo constata el Defensor del Pueblo en su comunicación) y lo único que podemos constatar los afectados, es que continuamos recibiendo cientos de testimonios con infinidad de irregularidades a los que muchas veces, no podemos atender dado su volumen… (Ahora principalmente, por subidas desproporcionadas de cuota y negación de traslado del cadáver)
Administrador

jueves, 2 de julio de 2015

¿Estan "Supervisadas" las Compañías de seguros de decesos?

A fecha do hoy, nos preguntamos hasta donde están verdaderamente "supervisadas" y reguladas las Cías. de seguros de decesos en este país ...?

Aprovechamos la ocasión para desempolvar la siguiente Acta del congreso de los diputados del año 2007, donde un conocido Diputado de entonces (y de hoy, en Europa) hace varias preguntas al Gobierno desde la Oposición:

Consulta el resto de las preguntas Aquí:

Los afectados de A.F.E.A.L.E., simplemente le preguntamos al lector y afectado, ¿Qué motivos tendrán para que ni con mayoría absoluta de otro gobierno, las cosas continúen a fecha de hoy como estaban....? 
Es probable, que después de lo que puedas, ver, escuchar y sobre todo leer en este sitio de ayuda e información al afectado de seguros de decesos, tendrás la sabia, oportuna y fácil respuesta a esta y a la pregunta del título de este comentario sobre el nivel de "Supervisión y Ordenación" de nuestras compañías de seguros de decesos...

Si además, añadimos la comparativa de lo que cuesta morir en España, con lo que supone hacerlo en el resto de países de nuestro entorno, entonces, es probable que el lector encuentre también respuesta a la conveniencia o no, de las pólizas de seguros de decesos y a quien verdaderamente benefician....
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